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Servicios Consulares a Venezolanos
Atención: La información más actualizada se encuentra en la sección de recaudos del nuevo sitio web para trámites consulares http://tramites.embavenez-us.org/
o para preguntas frecuentes, visite http://tramites.embavenez-us.org/preguntas
NOTA SOBRE CONSTANCIAS PARA TRAMITE DE CADIVI, PENSIONES Y JUBILACIONES:
En concordancia con la providencia #19 de CADIVI que regula el otorgamiento de divisas para Jubilados y Pensionados, cumplimos con notificarle que esta oficina consular expide sólamente la Constancia de Registro Consular, la cual es uno de los requisitos exigidos en el ordinal B del artículo 3 de dicha providencia, el cual citamos a continuación:
Por ende, el consulado ha dejado de emitir las constancias de residencia (las cuales son emitidas por las autoridades locales de los condados o ciudades de residencia del usuario) y sólo expide Fe de Vida cada seis meses para el cobro de pensiones o jubilaciones.
Igualmente, notificamos que en concordancia con la providencia #86 de CADIVI sobre Remesas Familiares, expedimos sólamente la Constancia de Registro Consular, la cual es uno de los requisitos exigidos en el ordinal 7 del artículo 5 de dicha providencia:
La providencia no exige los tres requisitos simultáneamente, por ende, basta sólo con presentar uno de los mismos. Por otro lado, las solicitudes de Constancia de Registro Consular deben ahora hacerse a través de nuestro sitio en Internet:
Para información adicional
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